AGESTIC

Ayudas y Subvenciones

IGAPE – Programa Re-Solve. Líneas de financiación de circulante subsidiado y avalado para autónomos y microempresas

Resolución de 28/01/2010 (DOG 03/02/2010)

El Diario Oficial de Galicia de 03 de febrero del corriente año, publica la Resolución de 28 de enero de 2010 por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica-Igape por el que se modifican las bases reguladoras de las ayudas para la habilitación de líneas de financiación de circulante subsidiado y avalado para autónomos y microempresas (Programa Re-Solve). INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE).

Esta Resolución, que entra en vigor el mismo día de su publicación en el DOG, tiene por objeto la modificación del plazo para presentar solicitudes relativas a esta línea de financiación, permitiendo que puedan presentarse hasta el día 30 de junio de 2010.

IGAPE - Plan re-imaXina. Liñas para financiar investimentos de Pemes, emprendedores ou microempresas

Resolución do 22/07/09 (DOG Nº148 do 30/07/09) - Bases reguladoras

Resolución do 19/01/10 (DOG Nº15 do 25/01/10) - Modificación

Facilitar ás Pemes, aos emprendedores e ás microempresas  galegas o financiamento necesario para aposta en marcha dos seus proxectos de investimento, sexa para a creación de novas empresas ou para a mellora da competitividade de negocios ou sociedades xa existentes, é o obxectivo do Plan re-imaXina e das súas liñas: Peme competitiva,  Peme Xove e Microempresas, habilitadas mediante o convenio asinado polo Igape coas Sociedades de Garantía Recíproca de Galicia e as entidades financeiras colaboradoras.

IG136 - Convenio Igape-SGR-EEFF:  Liña Microempresas
IG137 - Convenio Igape-SGR-EEFF:  Liña Peme Xove
IG138 - Convenio Igape-SGR-EEFF:  Liña Peme Competitiva

Presentación de solicitudes ata o 30 de xuño de 2010.

Toda la información en IGAPE

IGAPE: Modificación Impulsa-Lugo

IGAPE: Modificación de las bases reguladoras de los incentivos económicos para la aprobación de apoyos específicos a la provincia de Lugo

El Diario Oficial de Galicia de 25 de noviembre de 2009 hace pública la Resolución de 19 de noviembre de 2009 por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica, por el que se modifican las bases reguladoras de los incentivos económicos para la aprobación de apoyos específicos a la provincia de Lugo.  IGAPE.

Mediante esta Resolución, relativa al PLAN IMPULSA LUGO[1], se modifican las bases reguladoras de los incentivos económicos para la aprobación de apoyos específicos a la provincia de Lugo hechas públicas mediante Resolución de 5 de febrero de 2009, incluyendo las siguientes medidas de apoyo:

Para los proyectos de inversión empresarial superior a 500.000,00 euros y servicios avanzados  intensivos en empleo que se van a implantar en la provincia de Lugo se adoptaran las siguientes medidas de prioridades específicas:

  • en las publicaciones de crédito asignado a las convocatorias se establecerán reservas de crédito específicas para proyectos que se desarrollarán en esta provincia.
  • en los criterios de evaluación y selección de proyectos, el criterio de localización se valorará con el valor máximo para los proyectos que se van a desarrollar en esta provincia.
  • para proyectos de primera implantación en Galicia, se garantiza una ayuda mínima del 20% de la inversión subvencionable en proyectos previstos en el artículo 4º.1 de la mencionada Resolución de 5 de febrero –proyectos dirigidos a la creación de un nuevo establecimiento, a la ampliación de un establecimiento existente, a la diversificación de producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente-.
  • así mismo, para proyectos de creación de establecimientos que no sean considerados de primera implantación, ampliación, modernización o innovación tecnológica de dicho artículo 4.1, se garantiza una ayuda mínima del 15% de los costes subvencionables.
  • en los proyectos de inversión empresarial LA INVERSIÓN MÍNIMA prevista en el artículo 4.1 de la base de incentivos a proyectos de inversión empresarial, que ascendía a 500.000,00 euros, se reduce a 200.000,00 euros.
  • se eleva el límite máximo de acumulación de subvenciones del 30% al 50% para inversiones que realicen pequeñas empresas, y a 40% para medianas empresas.


Todas estas medidas serán de aplicación a las solicitudes no resueltas presentadas desde el 24 de septiembre de 2009.


Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOG.

Tenemos un Convenio de Colaboración para apoyo a las empresas de AGESTIC con AYSE LUCUS, S.L., que se encuentra en disposición de tramitar cualquiera de estas ayudas.

Para dudas o consultas:
AYSE LUCUS
Teléfono: 982 871 355
Web: www.ayselucus.es
Correo electrónico: correo@ayselucus.es

Programas Re-Solve e Re-Brote. Novas liñas de garantías para autónomos, microempresas e empresas.

Autónomos e microempresas: Programa Re-Solve. Nova liña de financiamento subsidiado e avalado para autónomos e microempresas.
Ficha resumo


Pemes e grandes empresas: Programa Re-Brote. Unha nova liña de avais para facilitar o acceso das empresas a financiamento operativo adicional. Financiamento adicional a través de liñas de crédito, de desconto, factoring e confirming. Cobertura do 40 ao 60%  dos créditos para operacións de financiamento novas.
Ficha resumo


Información 902 300 903
www.igape.es

Ayudas para la habilitación de líneas de financiación de circulante subsidiado y avalado para autónomos y microempresas

El Diario Oficial de Galicia de 29 de septiembre de 2009, enlace externo a AGESTIC,  hace pública la Resolución de 25 de septiembre de 2009 por la que se publican las bases reguladoras de las ayudas para la habilitación de líneas de financiación de circulante subsidiado y avalado para autónomos y microempresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el Instituto Galego de Promoción Económica, las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras adheridas. IGAPE.

Objeto: estas bases regulan el contenido y procedimiento de tramitación de la línea de financiación para circulante de los autónomos y las microempresas.

Podrán ser beneficiarios: las microempresas con domicilio fiscal en Galicia, los autónomos y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún cuando careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades o se encuentre en la situación que motiva la concesión de la ayuda.

Son sectores incentivables los que se relacionan en las bases de esta convocatoria.

Características y condiciones de las operaciones. Las operaciones acogidas a estas bases serán pólizas de préstamo o crédito nuevas, excluyéndose expresamente la sustitución de créditos bancarios preexistentes, con las siguientes condiciones financieras:

a) Su importe mínimo será de 3.000 euros y el máximo de 40.000 euros.

b) Su plazo de vigencia será de tres años.

c) En caso de préstamos, el primer año será de carencia. Transcurrido éste, el 50% del préstamo será amortizado con periodicidad mensual o trimestral y el 50% restante será amortizado al vencimiento. En caso de pólizas de crédito, el saldo máximo disponible inicial se mantendrá durante el primer año, transcurrido el cual, el límite se reducirá en un 25% al principio del segundo año, otro 25% al final del segundo año y un 50% al vencimiento.

d) El tipo de interés nominal será variable por semestres naturales de acuerdo con la siguiente norma:

 i. Tipo de referencia: euribor a plazo de 6 meses. Las revisiones se harán semestralmente.

 ii. Tipo adicional: el que libremente pacten las partes sin que en ningún caso pueda exceder de 2,75 puntos.

Las comisiones máximas que la entidad financiera podrá repercutir son: 1,5% apertura, 0,5% de estudio. En caso de póliza de crédito además una comisión de disponibilidad trimestral máxima de 0,50% sobre el saldo medio no dispuesto. Para las comisiones de estudio y apertura, la entidad financiera podrá estipular un mínimo de hasta100 euros.

e) Los fondos dispuestos de estas operaciones deberán ser utilizados para la financiación de circulante: nóminas de los trabajadores, impuestos, seguridad social, alquiler, leasing, proveedores, acreedores por prestación se servicios, reparaciones, cuotas de deudas bancarias a largo plazo a su vencimiento y cuotas de leasing.

f) Las garantías a favor de las entidades bancarias será el aval de la sociedad de garantía recíproca adheridas al Convenio por el 90% del riesgo. Como garantía adicional podrán requerir garantías personales por la parte no avalada por la SGR.

g) Las garantías a favor de la SGR serán el reaval del IGAPE en cobertura del 25% del riesgo, y como garantía adicional podrán requerir garantías personales.

El plazo límite para la presentación de solicitudes finalizará el día 30 de diciembre de 2009.

Esta información es un Resumen de la que podéis obtener íntegramente en nuestra página web www.agestic.org : Sección AYUDAS Y SUBVENCIONES.

Tenemos un Convenio de Colaboración para apoyo a las empresas de AGESTIC con AYSE LUCUS, S.L., que se encuentra en disposición de tramitar cualquiera de estas ayudas.

Para dudas o consultas: AYSE LUCUS

Teléfono: 982 871 355
Web: www.ayselucus.es
Correo electrónico: correo@ayselucus.es

Ayudas a autónomos del Instituto Lucense de Desarrolo Económico y Social -INLUDES-

El Boletín Oficial de la Provincia de 10 de septiembre del corriente año 2009 (enlace externo a AGESTIC), hizo públicas las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del programa de apoyo a los autónomos 2009 del Instituto Lucense de Desarrollo Económico y Social.- INLUDES.-

La finalidad última de estas ayudas es la reactivación económica y la promoción del empleo.

Ayudas para la habilitación de líneas de financiación subsidiado

Ayudas para la habilitación de líneas de financiación subsidiado para microempresas, proyectos emprendedores e inversiones de las PYMES para la mejora competitiva

El Diario Oficial de Galicia de 30 de julio del corriente año, enlace externo a AGESTIC, hace pública la Resolución de 22 de julio de 2009, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de la Dirección del IGAPE, que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la habilitación de líneas de financiación subsidiado para microempresas, proyectos emprendedores e inversiones de las pymes para la mejora competitiva en la Comunidad Autónoma de Galicia, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el IGAPE y las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras adheridas. INSTITUTO GALEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)

Subvencións para o fomento da investigación e innovación empresarial

En el DOG del 30 de Julio - ligazón externa a AGESTIC- sale publicada la  Orde de 22 de xullo de 2009 pola que se establecen as bases reguladora para a concesión, polo réxime de concorrencia competitiva, das subvencións para o fomento da investigación e a innovación empresarial no ámbito da Comunidade Autonóma de Galicia, e se procede a súa convocatoria para o ano 2009.

Plazo de presentación: hasta el 8 de septiembre de 2009.

Las finalidades de esta convocatoria son:

  • Plataformas Tecnológicas.
  • Realización de Estudios de Viabilidad.
  • Realización de Proyectos de Innovación.
  • Cofinanciación de Proyectos subvencionados con anterioridad en otras convocatorias de ayudas estatales e internacionales.
  • Preparación de nuevos proyectos para la participación en otras convocatorias y ayudas estatales e internacionales.


Para asesoramiento, presentación de proyectos y apoyo técnico, en AGESTIC tenemos un acuerdo preferente para nuestros miembros asociados y colaboradores con SERVIGUIDE, a quienes podeis dirigiros para cualquier consulta o información preguntado por:

 
NATALIA NOGUEIRA - Directora del Area de Innovación.

Teléfono: 981 552 059

Subvenciones programas sectoriales de Investigación aplicada, PYME I+D e I+D

Convocatoria de las subvenciones correspondientes a los programas sectoriales de Investigación aplicada, PYME I+D e I+D Suma del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (INCITE): ir a la web de la convocatoria, enlace externo a AGESTIC

Convenio de Colaboración para apoyo a las empresas de AGESTIC con SERVIGUIDE, S.L., que pone a vuestra disposición su experiencia en el desarrollo de proyectos en el ámbito que define la Orden. Por eso, os invita a acceder a su página web , www.serviguide.com, o a que contactéis con sus delegaciones para ampliar dicha información.

En caso de dudas o consultas podéis llamar al teléfono de Serviguide 986 443311 o contactar en el e-mail: jaq@serviguide.com

Subvenciones para la adquisición de equipamiento industrial y subvenciones para promoción e internacionalización

El Diario Oficial de Galicia de 24 de junio de 2009 (enlace externo a AGESTIC), hizo pública la Orden de 18 de junio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a empresas gallegas para la adquisición de equipamiento industrial, y de las subvenciones a empresas gallegas para la realización de actuaciones y estrategias de promoción e internacionalización, ambas de la Consellería de Economía e Industria.
 
Subvenciones a empresas gallegas para la ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO INDUSTRIAL:

Objeto: dotación de equipamiento industrial necesario para el desarrollo de su actividad principal, que podrá ser tanto para la adquisición de nuevo equipo industrial como para la renovación del existente, siempre y cuando dicho equipo sea de primer uso.

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